Por: Leiderman Ortiz Berrio - Sergio Mesa Cárdenas
El alcalde de El Bagre, Ángel Mesa Castro, electo en octubre
de 2015, ha estado en serios aprietos en sus primeros once meses de gobierno,
producto de sus malas decisiones administrativas, acolitadas por la mayoría del
Concejo que los respalda, lo cual ha creado malestar entre sus electores y
comunidad en general.
La primera decisión arbitraria tiene que ver con la
concesión por veinte (20) años del alumbrado público, el cual es un servicio
público esencial para los ciudadanos, quienes pagan una tasa mensual de acuerdo
al consumo de energía y al estrato residencial por tener servicio de energía
que presta Empresas Públicas de Medellín, que maneja el negocio en los 125
municipios de Antioquia.
El alcalde Mesa Castro presentó al Concejo el Proyecto de Acuerdo N° 018 del 3 de
junio de 2016 en donde se autoriza al alcalde para que “realice el proceso de selección de una concesión o concesionario,
mediante la modalidad de licitación pública, que se encargue de la
modernización, adecuación, reposición, operación, mantenimiento, expansión y
administración del servicio de alumbrado público, así como la interventoría de
la misma”.
Licitación de
$5.441 millones y un único proponente
Del proceso de licitación y adjudicación de la concesión por
veinte (20) años estuvieron encargados: Roimir Durán Maury, Secretario de
Planeación; José Castro Castro, Director de Contratación; y Charles Stiven Cano
Ochoa, Secretario de Obras Públicas.
La Licitación Pública N° LP-MEBA-003-2016, en la cual estuvieron interesados varios
proponentes, entre ellos: Unión Temporal
Siglo XXI, Colombia Cafetera y Unión
Temporal Iluminando El Bagre. Sorpresivamente el único oferente que cumplió
con la totalidad de los requisitos fue la UNIÓN
TEMPORAL ILUMINANDO, cuyo representante legal es Fernando Antonio González Pacheco, obteniendo los mil (1000)
puntos exigidos.
¿Quiénes
conforman la Unión Temporal?
Socios Unión
Temporal Iluminando El Bagre
|
Inversiones Alumbrado Público S.A.S.
|
Acc Empresarial S.A.S.
|
Constructora Dardum S.A.S.
|
Gesep S.C.A. E.S.P
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Construcciones Ferth Ingenierías S.A.S.
|
A todas estas empresas y sociedades simplificadas (S.A.S.)
representa Fernando Antonio González Pacheco, quien ha contratado con varios
municipios de Córdoba. En Antioquia ha tenido contratos en la subregión de
Urabá, como es el caso de la ESE Hospital San Sebastián de Urabá, en Necoclí,
en donde desarrolló el Contrato 041-2009 para la “construcción de la etapa dos de la Planta Física del Proyecto
Reposición ESE” por valor de $1.229.683.651.
La Contraloría General de Antioquia le inició a González
Pacheco un Proceso de Responsabilidad Fiscal, con el radicado 012-2012, porque se “encontraron diferencias de obra entre lo
ejecutado y lo pagado, generando un posible detrimento por $13.731.186”. El
13 de mayo de 2015 mediante el Auto N°
155 determinó “Archivar el Proceso de
Responsabilidad Fiscal”. Esto no quiere decir que lo hayan absuelto, por lo
que quedan las dudas de si hubo o no detrimento.
Licitación “amarrada”
para la Unión Temporal
Para garantizar que el único proponente que cumpliera con la
“experiencia específica requerida” se pusieron los siguientes requerimientos:
1. Un (01) contrato,
máximo dos (02) contratos y/o convenios interadministrativos de operación,
mantenimiento, repotenciación, y expansión del sistema de alumbrado público en ejecución, expedidos y suscritos por el contratante, que para
el presente pliego de condiciones, debe ser una Entidad Estatal (Tiempo de
ejecución) mayor o igual a Cinco (5) años contados a partir del acta de inicio
expedida por el Municipio respectivo. El
proponente debe demostrar dentro del certificado y/o contrato que aporte
para la acreditar la experiencia, que
dentro del sistema de alumbrado contratado, tiene a su cargo la operación y el
mantenimiento de NO MENOS de 100 luminarias de tecnología LED de 90W.
2. El proponente debe aportar al menos un (01) contrato de suministro, e instalación de luminarias de
tecnología LED, con sistemas de energía SOLAR y/o energías RENOVABLES (Tiempo de ejecución) igual o menor a un
(01) año, contados a partir de la fecha de terminación del mismo,
expedida por el Municipio respectivo. (Valor del contrato) mayor o igual a
3.000 SMMLV (teniendo en cuenta el salario mínimo del año de terminación del
contrato).
3. El proponente deberá aportar máximo un (01) contrato donde se hayan ejecutados por lo menos Cinco (5)
kilómetros de iluminación en zonas urbanas específicamente en Avenidas
Principales (Tiempo de Ejecución) no mayor a tres (03) años, contados a
partir de la fecha de terminación del contrato, expedida por el Municipio
respectivo. (Valor del contrato)
mayor o igual a 1.000 SMMLV (teniendo en cuenta el salario mínimo del
año de terminación del contrato).
4. El Proponente deberá aportar máximo un (01) contrato en donde acredite el manejo y funcionamiento de redes
de baja tensión, montaje de transformadores para electrificación. (Tiempo de Ejecución) menor o igual a un
(01) año. (Valor del contrato) mayor o igual a 600 SMMLV (teniendo en
cuenta el salario mínimo del año de terminación del contrato).
5. El proponente de acreditar un (01) contrato de repotenciación del sistema de alumbrado público
para redes mixtas y de exclusividad.
(Tiempo de
ejecución) menor o igual a siete (07) años, contados a partir de la fecha de terminación del contrato. (Valor del contrato) mayor o igual a 450
SMMLV (teniendo en cuenta el salario mínimo del año de terminación del
contrato).
¿Por qué podemos decir
que la licitación estaba amarrada para unos socios capitalistas? La Corte
Constitucional en varios pronunciamientos ha dicho: “el servidor público tiene el derecho y el deber de establecer en los
pliegos de condiciones, las reglas claras, objetivas y justa, que aseguren una
escogencia objetiva del contratista, se cumpla con los principios de la función
pública y con los fines del Estado”. Al poner como requisitos número de
contratos y cuantía, como es el caso de El Bagre, se está limitando el número
de oferentes, por lo que uno sólo cumpliría con los requisitos.
Concejo aprueba
suba de tarifas
Luego de la selección del operador que manejará el alumbrado
público por 20 años, el alcalde Mesa Castro, para poder acomodar y volver
rentable el negocio del alumbrado público para la Unión Temporal que se ganó la
licitación, presentó el Proyecto de
Acuerdo 019 del 3 de junio de 2016: “Por
medio del cual se suprime el Capítulo VII con sus artículos… del Acuerdo 019 de
2012 (Estatuto de Rentas) y se establece la estructura y el recaudo del sistema
de alumbrado público…”. En dicho Acuerdo se puede leer que el recaudo anual
del Empresas Públicas de Medellín por concepto de alumbrado público asciende a
$659.806.344 anuales, de los cuales cobra el costo de la energía y de la
facturación, transfiriendo al Municipio $248.984.061 para hacer inversiones y
mantenimiento.
Existe algo importante en la exposición de motivos de dicho
Proyecto de Acuerdo, en el cual se dice: “EPM…
maneja una eficiencia de recaudo óptima en el municipio, es decir, el 100% de
la facturación se recauda con éxito, diferente a otros comercializadores de
país, lo cual genera tranquilidad y transparencia al municipio”. para poder realizar un sistema modernizado
y ampliado en la cabecera urbana y rural”. Entonces, ¿por qué concesionar
el servicio a un operar privado?
Los pobres, con
energía prepago, pagan más que el estrato 1
Si hay algo deplorable en la prestación del servicio público
domiciliario de energía es la modalidad “prepago”, en donde las familias que no
tienen con qué tener energía fija, sino recargar $2000 o $3000 mil pesos, lo
suficiente para prender un bombillo, cocinar y encender el televisor por dos o
tres días en horas interrumpidas. Así las cosas, en El Bagre se le cobra a las
familias de la zona rural y urbana que tiene “energía prepago” un porcentaje
más que el Estrato 1, es decir, el 1 paga el 10% y los pobres el 14%.
Comprometer el
recaudo por 20 años
“Por medio del
cual se autoriza al alcalde de El Bagre – Antioquia para comprometer vigencias
futuras excepcionales”, las cuales el daban la facultad de entregar en
concesión a un operador privado para que desde el año 2016 hasta el 2036 se
encargue de la “inversión, modernización,
adecuación, reposición, operación, mantenimiento, expansión y administración
del servicio de alumbrado público”. Aquí podemos ver el comparativo:
COBRO
ALUMBRADO PÚBLICO
|
|||
ANTES
|
AHORA
|
||
Estrato /
Sector
|
Urbano
|
Rural
|
Urbano / Rural
|
1
|
4% L.C.E.E.M
|
3%
|
9%
|
2
|
4%
|
3%
|
10%
|
3
|
4%
|
3%
|
12%
|
4
|
4%
|
3%
|
13%
|
5
|
-
|
-
|
14%
|
6
|
-
|
-
|
15%
|
Comercial
|
6%
|
3%
|
15%
|
Industrial
|
6%
|
3%
|
15%
|
Oficial
|
6%
|
3%
|
15%
|
Otros
|
6%
|
3%
|
|
L.C.E.E.M.: Liquidación del Consumo de Energía
Eléctrica del Mes
|
Jurídica de la
Gobernación demanda acuerdo
El abogado Javier Mauricio García Quiroz, en calidad de
Secretario General del Departamento de Antioquia, demandó ante el Tribunal
Administrativo de Antioquia el Acuerdo 017: “Por
medio del cual se autoriza al alcalde de El Bagre-Antioquia para comprometer
vigencias futuras excepcionales”, las cuales tenían como propósito atender
la financiación para la administración y operación del alumbrado público.
Uno de los argumentos jurídicos para demandar ante Tribunal
fue que el “Concejo Municipal se está
desbordando el artículo 41, numeral 3 de la Ley 136 de 1994 que prohíbe…
intervenir en asuntos que no sean de su competencia, ya por medio de acuerdos o
de simples resoluciones”.
Cita la jurídica del departamento una decisión igual del
Tribunal Administrativo en cuanto a las vigencias
futuras excepcionales para el alumbrado público en el municipio de Santo Domingo.
Dicho fallo, de radicado 2014-01721, determinó declarar la invalidez de dicho
Acuerdo Municipal.
En el caso concreto de El Bagre, tratándose de un caso
jurídicamente igual, se prevé que el Acuerdo 017 de 2016 será anulado, por lo
que quedará en el limbo la financiación de la concesión que ejecuta actualmente
la Unión Temporal Iluminando El Bagre.
¿Dónde está la actuación posterior e intervención de la Procuraduría Provincial
de Yarumal y la Contraloría General de Antioquia?
Se incrementa el
recaudo a costa del pueblo
En un documento que conoció La verdad del pueblo un funcionario de Empresa Públicas de Medellín
expone los reparos al recaudo realizado en agosto de 2016, con la vigencia del
Acuerdo 019, presentándose variaciones en el cobro para empresas como Mineros
S.A., Edatel S.A. E.S.P y Comcel Comunicación Celular S.A.
La variación entre lo liquidado en septiembre de 2016 con la
proyección que se tiene para el mes de octubre, con la aplicación del nuevo
acuerdo, se visualiza un incremento en el recaudo del 554%, es decir, se pasó de recaudar $55.397.936
mensual a $307.232.403.
Anualmente se recaudaba por alumbrado público $664.775.232 y ahora se recaudarán $3686788836, que en los veinte (20)
años de la concesión serán aproximadamente $73.735.776.720.
Algunos ciudadanos han denunciado que pasaron de
pagar $7.000 a $32.000, es decir, se les incrementó en un 457%, pagando más por
el servicio de alumbrado público que de energía.
Cuánto cobraba EPM por el recaudo y la energía
Para hacer claridad en cuanto a cuál era el cobro
por facturación, recaudo y prestación del servicio eléctrico consumido por el
alumbrado público, relacionamos un documento de EPM que conocimos en exclusiva:
“me permito relacionar los valores de los
servicios de energía y facturación y recaudo del impuesto de alumbrado público
del mes de agosto de 2016:
Facturación y recaudo: $5.596.856
Costo de energía: $35.111.158
Total: $40.708.014
En ese sentido,
mensualmente le eran transferidos al municipio de El Bagre la suma de $14.689.922,
que representan anualmente $176.279.064.
¿Dónde están los entes de control?
La Contraloría
General de Antioquia, a través del cuestionado abogado Sergio Zuluaga Peña, ha
hecho caso omiso a las solicitudes de la Veeduría Ciudadana, quienes han solicitado
se haga una ‘auditoría exprés’ para determinar la ilegalidad de la concesión y
el incremento no regulado de la tarifas que van en contravía de los ingresos de
los usuarios.
El alcalde Mesa Castro calla
El Comité
Veedor de Servicios Públicos de El Bagre y los concejales Julio César Sampayo
Llorente (Partido de la U) y Jorge Isaza (Polo Democrático) han solicitado
audiencias públicas en donde el alcalde explique el cobro excesivo del
alumbrado público, sin recibir ninguna respuesta.
El sábado 19 de
noviembre se programó una sesión del Concejo Municipal en donde se iban a
exponer los argumentos y las inconformidades por el incremento
desproporcionado, cita a la cual el alcalde no asistió. Para el miércoles 23 de
noviembre se programó otra reunión en donde el Comité Veedor rendiría un
informe de los acercamientos fallidos que han tenido con los funcionarios de la
alcaldía, quienes han guardado silencio.