En esta investigación La verdad del Pueblo revela las pruebas que involucran al abogado y excandidato
a la alcaldía de El Bagre, Germán Andrés Hoyos Meza, quien creó una estructura
para defraudar a 750 beneficiarios con unos presuntos lotes en el barrio La
Portugal. Para lograr ese fin puso como presidenta de la Junta a Anaceneth
Ospino Ortiz, aspirante el Concejo por el MAIS, Diris Pérez como secretaria y
María Antonia Posos como tesorera. Un año después de las elecciones las
familias se sienten estafadas y buscan la entrega de los lotes, los cuales ya
invadieron, o la devolución del dinero.
Por: Leiderman Ortiz
Berrio & Sergio Mesa Cárdenas
Germán
Andrés Hoyos Mesa, excandidato a la Alcaldía de El Bagre en las elecciones de
2015, avalado por la Alianza Social Independiente, tiene parentesco, así no se
pueda vincular por delitos de sangre, con José Ignacio Hoyos Meza alias “100”,
cabecilla encargado de las extorsiones de ‘Los Urabeños’, ahora llamados Clan
del Golfo, y capturado por las autoridades en marzo de 2013.
José
Ignacio, tenía además del alias de “100”, el de “Alejo” o “don Alejandro”,
siendo según información de inteligencia el hombre de confianza de Jacinto Nicolás
Fuentes Germán, alias “Don Leo”, capturado en Lima, Perú, en febrero de 2013.
La verdad del pueblo en la edición de abril
de 2013 publicó la relación de Germán Andrés Hoyos Meza, hermano de alias
“100”, su madre María Meza, quien trabajaba como contratista en la Oficina de
Víctimas.
“Compramos lotes a $500 mil pesos”, denunciante
Germán
Andrés Hoyos Meza, de acuerdo a información que pudimos corroborar, ayudó a
conformar la Junta Comunitaria de Vivienda La Paz, de la cual fue nombrada
representante legal Anaceneth Ospino Ortiz, quien también aspiró al Concejo de
El Bagre por la lista del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS).
La
Junta se creó con setecientas cincuenta (750) personas que creyeron en el
proyecto, a quienes se les prometió entregarles lotes de tierra por precios
que, por más que sean módicos, es un capital importante para la persona sin
vivienda. Entre $500 y $630 mil pesos pagaron quienes serían beneficiarios. El
total del predio era de $500.000 y para la planificación debían cancelar
$130.000.
Actualmente
los beneficiarios se sienten estafados y señalan directamente al excandidato a
la alcaldía Germán Andrés Hoyos Meza, quien los reunió estando en campaña para
la alcaldía, en 2015, para prometerles que, de ser electo alcalde, impulsaría
el proyecto de vivienda La Paz.
En
un listado que conoció La verdad del
pueblo aparece el nombre de los beneficiarios y las sumas de dinero
consignadas en la Cuenta 011687 de la Cooperativa Multiactiva de El Bagre Ltda.
El total recaudado y que aparece en los listado suma $252.970.000. Las
consignaciones oscilan entre $350.000 y $2.000.000 de pesos. “En ese listado no aparecen todas las
personas que consignaron. Hubo quienes le entregaron la plata a Anaceneth o a
Diris y les dieron un recibo de caja menor”, dijo una afectada.
¿De quién es la cuenta
bancaria?
La
Cuenta 011687 de la Cooperativa Multiactiva de El Bagre Ltda. no aparece a
nombre de ninguna Junta de Vivienda ni asociación, sino a nombre de una persona
natural. Al ser consultada la entidad bancaria, sobre el nombre de quién
aparece como titular de la cuenta, nos fue negada la información por
confidencialidad crediticia. Sin embargo, con una fuente pudimos contrastar que
la titular de la cuenta es María Antonia Posos, quien presuntamente es la
Tesorera de dicha Junta. Ella tenía la facultad para retirar el dinero y
disponer su gasto.
En
un video que aparece publicado en las redes sociales la candidata cuenta cómo
se creó el proyecto de vivienda, cómo se abrió la cuenta y se determinó la
venta de los lotes. En toda la narración se puede ver la participación directa
del abogado y entonces candidato Germán Hoyos Meza, quien veía dicho proyecto
como algo electoral:
“Le dijeron… sí se puede…
Y yo: ¡Ay, doctor, que sí se puede…! Pero con el corazón que se me quería
salir. Y con tanta plata que veía uno. Yo le decía: doctor, ese poco de plata y
en esos plásticos que yo vivo me matarán ahorita. Me dijo el doctor: no, doña
Ana, vamos a averiguar y se abre una cuenta. Nos fuimos para el Valle de Toledo
a una capacitación y allá nos encontramos con el amigo que nos había asesorado
y él me decía: ¡Ombe, doña Ana, si usted tiene es un proyectazo, y yo le dije:
¡y un riflazo también! Y pensé: ¡Dios mío, en qué lío me voy a meter yo. Fue
cuando les comunicamos a ustedes para la cuestión de la compra de los lotes y a
cómo salían, porque ya eso nos lo habían dicho”.
¿Una junta de vivienda
pirata?
La
Junta Comunitaria de Vivienda La Paz, ubicada en el lote Portugal, no aparece
registrada ente la Cámara de Comercio, según pudimos consultar en la oficina de
El Bagre. No tienen número de identificación tributaria (NIT), por lo que no
está legalizada la Junta Directiva. Así las cosas, la representante legal
Anaceneth Ospino Ortiz, la secretaria Diris Pérez y la tesorera María Antonia
Posos, son de nombre. ¿Qué papel juega el abogado Germán Andrés Hoyos Meza? Es
el asesor jurídico y el poder tras bambalinas del entramado de las viviendas,
como lo probaremos en esta investigación.
“La presidenta se voló”, dice
afectada
Una
persona afectada y que entrevistamos nos dijo: “se hizo una junta… de una señora que dijo que iba a ser la presidenta
para comprar unos lotes a $500 mil pesos. Y como nosotros veíamos que era buena
para nosotros le compramos los lotes…nosotros fuimos a consignar a la
Cooperativa. Nosotros consignamos y después fueron ellos y sacaron la plata. La
presidente se fue… se voló… no se sabe dónde está. Dicen que van a hacer una
nueva Junta para repartir los lotes. Yo me siento estafada porque dicen que la
señora no está aquí en el pueblo”.
Dar CLICK para escuchar los testimonios de los afectados |
Una
fuente consultada expresó: “este lote
aparece con una compra-venta de falsa tradición. Hasta que no lo legalicen no
puede pasar de un dueño al otro. Está en sucesión, porque los dueños murieron,
entonces ahora es de los hijos. Lo único que él hizo fue comprar el lote por
$180 millones de pesos. No se sabe dónde está el resto del dinero recaudado”.
Hasta el momento el lote no pertenece a ninguna Junta ni ha sido entregado a la
representante legal.
¿Abono al catastro o
prescripción?
Una
de las justificaciones de la presunta “Junta Directiva” y del abogado Germán
Andrés Hoyos Meza, en cuanto a cómo se ha invertido el dinero consignado en la
cuenta, se encuentra el abono al Impuesto Predial del lote, del cual todavía no
se ha hecho Escritura a la Junta, sino que apenas hay un Contrato de Compraventa
que no ha sido registrado en ninguna notaría, al parecer por la suma de
$180.000.000.
Como
pudimos verificar en la Oficina de Catastro de la Alcaldía de El Bagre el
predio de número 1010060640001500000000 ubicado en la Carrera 30ª N° 33-97
debía un total de ciento cuatro millones doscientos mil pesos ($104.200.000),
pero al aplicarle la prescripción por ochenta millones ($80.000.000), el nuevo
saldo es de $24.363.305. Es decir, no hubo abono a la deuda, sino que mediante
un recurso jurídico interpuesto por el abogado Hoyos Meza la Secretaría de
Hacienda debió perdonar dicha deuda.
¿Y
qué es una prescripción? En términos jurídicos es la condonación, es decir,
perdonar una deuda cuando han pasado más de cinco (5) años y no se ha hecho el
respectivo cobro coactivo. Así las cosas, por no haberse hecho el cobro de la
mora en el Impuesto Predial y de los intereses, al predio que se encuentra a
nombre de Emiliana Bohórquez de Arrieta,
el abogado hizo uso de una figura jurídica de Declaración de Prescripción, la
cual se declara de oficio por la entidad o de manera rogada, de acuerdo al
Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989) en el Artículo 817 y por la
Ley 1739 de 2014 en el Artículo 53 que reza:
ARTÍCULO 53. Modifíquese el artículo 817 del
Estatuto Tributario Nacional el cual quedará así:
“Artículo 817. La acción de cobro de las
obligaciones fiscales, prescribe en el término de cinco (5) años, contados a
partir de:
(…)
4. La fecha de
ejecutoria del respectivo acto administrativo de determinación o discusión.
La competencia para decretar la
prescripción de la acción de cobro será de los Administradores de Impuestos o
de Impuestos y Aduanas Nacionales respectivos, o de los servidores públicos de
la respectiva administración en quien estos deleguen dicha facultad y será
decretada de oficio o a petición de parte”.
Aplicando
la norma antes mencionada la Secretaria de Hacienda del municipio de El Bagre
expidió una Resolución aplicando la respectiva prescripción por ochenta
millones de pesos ($80.00.000) que no fueron cobrados dentro de los últimos 5
años.
Lo
más llamativo de esta declaratoria de prescripción es que se le hizo creer a la
gente que hubo un abono a la deuda del Impuesto Predial, lo cual no es cierto.
¿Entonces dónde está el dinero? Ahí es donde debe responder el asesor Hoyos
Meza y la tesorera María Antonia Posos.
La junta de vivienda es
ilegal
En
un documento que conoció este medio de prensa se puso verificar que el lote no
tiene las condiciones óptimas para urbanizarse. Un funcionario de la Secretaría
de Planeación de la Alcaldía de El Bagre dijo a este medio que el lote no
cuenta con licencia de construcción y no cumple con lo exigido en la norma en
cuanto a componentes ambientales y paisajísticos. Ni siquiera existe un plano
del proyecto.
En
un oficio de fecha del 2 de febrero de 2016 el Secretario de Planeación Roimir
Eduardo Durán Maury le certifica al concejal Adil Arrieta Gaviria, Presidente
del Concejo de El Bagre, lo siguiente:
“(…) Hace constar:
Que el predio denominado de la familia Arrieta ubicado en el
Barrio Portugal Manzana 64, según actualización catastral vigente. En la
actualidad no se conoce estudio o documentación en nuestro Archivo Municipal
que indique legalidad urbanística de este proyecto como son:
-
Estudio de suelo
-
Licencia urbanística
-
Licencia ambiental
-
Estudio topográficos
-
Extensión de redes de redes de acueducto y
alcantarillado
-
Redes eléctricas
-
Escritura Pública de reloteos
La Superintendencia de Sociedad a través de la Resolución 044 de 1990 (Por el medio de la cual se reglamenta la recepción anticipada de dineros con destino al desarrollo de planes y programas de vivienda adelantados por el sistema de autogestión, participación comunitaria o autoconstrucción) reglamentó en el Artículo 3° los requisitos que deben presentar las Juntas Comunitarias para recibir dineros:
ARTICULO TERCERO.- Para el otorgamiento del permiso de
captación, se deberán cumplir los siguientes requisitos ante el Distrito
Especial de Bogotá, o los respectivos municipios, según el caso:
a. Acreditar el cumplimiento de los requisitos 2 y 3 del
artículo 2º. De la presente resolución.
b. Determinar el nombre del plan y la ubicación del mismo.
c. Acreditar la propiedad y tradición de los terrenos en donde
se pretende desarrollar el plan, adjuntando el folio de matrícula inmobiliaria
actualizado y la carta, o documento de intención de venta del globo de terreno
entre el propietario y la entidad solicitante.
d. Allegar el plano de loteo provisional y localización, donde
se establecerá el número de solución proyectadas, firmado por un ingeniero o
arquitecto titulado.
e. Adjuntar el concepto previo y favorable emitido por la
Ofician de Planeación respectiva sobre la viabilidad para adelantar el plan o
programa.
f. Adjuntar los conceptos
favorables emanados de las Oficinas municipales correspondientes, relativos a
la viabilidad de servicios públicos.
g. Señalar el número de participantes del plan, el cual no podrá
exceder al número de unidades proyectadas, que a su vez no podrán ser más de
200.
h. Presentar un presupuesto detallado de ingresos e inversión de
recursos, analizando pormenorizadamente.
1. Valor del terreno.
2. Costo de instalación y conexión de los servicios públicos.
3. Costo de honorarios, diseño y asesorías.
4. Ingresos por cuotas de afiliación y de vivienda, y su forma
de pago.
5. Inversión de los recursos que se capten.
Dicho presupuesto deberá ir firmado por un contador público,
quien bajo la gravedad del juramento certificará que las cifras presentadas corresponden
a la realidad.
Además, para que la Junta de Vivienda
Comunitaria La Paz sea legal, debió haberse inscrito ante la Oficina de
Planeación, acreditando los siguientes requisitos de acuerdo al Artículo 2° de
la Resolución 044 de 1990:
ARTICULO SEGUNDO.- Toda organización popular de vivienda para
adelantar planes por el sistema de autogestión, participación comunitaria o
autoconstrucción deberá:
1. Obtener personería jurídica como entidad sin ánimo de lucro
previo concepto favorable de la Superintendencia de Sociedades, de que trata el
Decreto 914 de 1983.
Para la expedición del mencionado concepto el interesado deberá
cumplir ante esta Entidad los siguientes requisitos:
1º. Remitir copia
auténtica o autorizada del acta de constitución de la entidad sin ánimo de lucro, firmada por todos los participantes, con la
constancia del número de votos emitidos para aprobar su constitución y el texto
mismo del acta. Por copia autorizada ha de tenerse aquella suscrita por el
secretario o por el presidente de la organización en formación.
2º. Enviar copia
autenticada o autorizada del acta de la reunión en la cual se aprueben los
estatutos que de cuenta, entre otros, de los nombres
de los asistentes, los votos emitidos para adoptar esta determinación así como
los emitidos para aprobar el texto del acta.
3º. Los estatutos deberán
contener los siguientes puntos básicos:
a. El nombre de la
entidad.
b. Domicilio.
c. Duración
d. Objetivos
e. Patrimonio.
En este punto deben distinguirse las cuotas de vivienda de las
cuotas de administración y sostenimiento. Estos dos rubros, si bien hacen parte
del patrimonio de la asociación, se diferencian en su destinación, como quiera
que las primeras tienen como finalidad cubrir el valor de la vivienda que cada
afiliado pretende obtener y son reintegrables al momento de expulsión o retiro
voluntario; las segundas por su parte, están dirigidas a sufragar los gastos
que demanden el sostenimiento de la entidad, razón por la cual, no son
reintegrables al momento de retiro del asociado.
f) Órganos de administración.
g) Funciones de los órganos de administración, forma y período de
elecciones, reuniones, (época y forma de convocarlas), mayoría para deliberar y
decidir.
h) Causales de disolución y trámite de liquidación del patrimonio
social. Es del caso anotar, en lo que se refiere a las juntas de vivienda
comunitaria, que los estatutos además deberán ajustarse al Decreto 1930 del 8
de agosto de 1979, 300 del 11 de febrero de 1987, a la Resolución 2070 del 11
de junio de 1987 emanada del Ministerio de Gobierno, así como a las
instituciones impartidas en su Boletín No. 9 de abril de 1989.
4º. Allegar debidamente aprobado por la asamblea, el reglamento
interno de vivienda, el cual deberá contener:
a. Número de afiliados.
b. Requisitos para el
ingreso al programa
c. Clases de cuotas,
señalando en todo caso la cuantía de las mismas y el procedimiento para
modificar este monto.
d. Derechos y deberes de
los afiliados.
e. Procedimiento para la
adjudicación de las viviendas.
1. Causales de sanción
2. Clase de sanciones
3. Órganos competentes para imponer sanciones.
4. Procedimiento para sancionar.
g) Forma y término de
devolución de las cuotas de vivienda.
2. Registrarse en los términos del numeral 1º. Del artículo 2º. Del
Decreto Ley 078 de 1987, en concordancia con el artículo 3º. Del Decreto 2610
de 1979, ante el municipio donde se proyecte adelantar el plan o programa de
vivienda.
3. Registrar los libros de contabilidad que correspondan según la
naturaleza jurídica del ente, y en todo caso cuando menos el libro Diario, el
libro Mayor y el libro de Inventarios y Balances.
Las organizaciones que adelanten diferentes planes llevarán
libros auxiliares de contabilidad por cada uno de ellos, y presentarán
anualmente un balance consolidado
¿Viviendas con fines
electorales?
Lo
que hemos podido determinar, al analizar las pruebas, la infracción a la ley
por parte de un abogado, y de los testimonios recolectado son los afectados, es
que el entonces candidato a la alcaldía de El Bagre por la ASI, Germán Andrés
Hoyos Meza creó una junta de vivienda fachada para buscar votos, por lo que
puso a su candidata a al Concejo Anaceneth Ospino Ortiz como presunta
representante legal de la Junta.
En
una reunión que se realizó el 19 de octubre de 2015, días antes de las
elecciones, se pueden ver cómo se decoró con afiches y pasacalles de la campaña
de Germán Andrés el lote de La Paz. Él mismo puso en su red social Facebook: “Nuestro barrio la paz, hoy caminamos
nuestro lote de la mano de Dios”.
El mismo candidato, quien ha dicho que es un simple asesor de la Junta de
Vivienda La Paz, estuvo presente en la planificación el terreno, en donde se le
puede ver posando sobre una retroexcavadora y supervisando los trabajos.
Son innegables los vínculos y los intereses del
excandidato Hoyos Meza, quien creó el proyecto de vivienda con fines
electorales, el cual se frustró ante la derrota electoral que recibió el 25 de
octubre de 2015. En un video de campaña publicado en su perfil de Facebook
escribió el 6 de septiembre: “Así fue la reunión de
respaldo total de las 700 familias beneficiadas de los lotes de la Junta de
Vivienda Comunitaria La Paz. Dios gracias por éstas inmensas bendiciones con
olor a triunfo. Nuestra próxima concejala Ana Ospino Partido MAIS #4, cada día
sumando más”.
“Hay que votar por el doctor Germán”, Ana Ospino
En
una reunión con los beneficiarios del proyecto de vivienda promovido por el
abogado Germán Hoyos, la entonces candidata al Concejo por el MAIS y representante
legal de la Junta de Vivienda Comunitaria La Paz, Anaceneth Ospino Ortiz, le
dijo a los asistentes: “si nosotros
queremos esas viviendas gratis tenemos que apoyar es al doctor Germán, o
ustedes díganme a qué otro candidato han conocido aquí. Yo quisiera que me lo
dijera una de estas personas… Lo que sí les digo yo a ustedes es que si ustedes
no nos ayudan a nosotros a llegar allá (a la alcaldía) fracasaremos con las viviendas acá, porque aquí más nadie nos las va a
dar”.
Durante
la campaña para la alcaldía del 2015 el proyecto bandera de Hoyos Meza era el
tema de los lotes. La fecha de entrega se pactó para septiembre de 2016. Fue
derrotado en las elecciones. ¿Y ahora qué? La comunidad está a la espera que él
responda por el dinero o por los lotes.
“Con ese dinero se pagaron mototaxis”, pastor Marcos Fabra
El
pastor cristiano Marcos Fidel Fabra Bohórquez, quien fue Gerente de la campaña
para la alcaldía del candidato Germán Hoyos Meza, en una conversación que
sostuvimos con él de manera personal, respondió al preguntársele por el uso que
le dieron a algunos dineros de la Junta de Vivienda: “En la campaña, yo no sé si es que él (Germán Andrés) hizo algún
préstamo, o como sería la cuestión ahí. Entonces, la muchacha (Diris Pérez,
secretaria) sacó un dinero y doña Ana dijo que se los prestó a Germán. No estoy
seguro si fue un préstamo. En todo caso, con ese dinero se pagó algunos medios
de transporte, pero no sé si hay había un préstamo. Eso fue después de las
elecciones. Yo no sé si Germán firmaría algún papel. La muchacha entrega el
recurso, yo lo llevo donde doña Ana, y doña Ana me entrega el recurso. El monto
fueron $30 millones de pesos”.
Pastor Marcos Fabra, gerente de campaña del candidato Hoyos Meza. |
¿Hoyos Meza mintió en
sus gastos de campaña?
En
el reporte que hicieron el Gerente de Campaña de Hoyos Meza, el pastor Marcos
Fidel Fabra Bohórquez, y el contador Joaquín Emilio Zapata, socio político de
la candidata Berenice Bedoya, los gastos de campaña ascendieron a $41.923.847,
de los cuales en transporte y correo se gastaron $25.350.239. El dinero aparece
como parte de su patrimonio personal, sin que haya recibido donaciones ni hecho
préstamos.
Así
las cosas, ¿por qué en la entrevista menciona el pastor que él mismo canceló
$30 millones a los mototaxistas? ¿Cuánto costó en realidad la campaña de Hoyos
Meza para la alcaldía? Tal parece que evadió el reporte de gastos, como puede
verse en el reporte de Cuentas Claras ante el Consejo Nacional Electoral.
Los beneficiarios de los
votos engañados
Los
candidatos que se beneficiaron de los votos de la comunidad de El Bagre, entre
ellos de la presunta Junta de Vivienda Comunitaria La Paz, se encuentran
Berenice Bedoya, quien aspiró a la Asamblea de Antioquia por la ASI, y del
candidato a la gobernación por el fajardismo, Federico Restrepo, quien aparece
en varias fotos con Hoyos Meza.
Los líos penales de los responsables
Al revisar la documentación expedida por la
Oficina de Planeación, verificar ante la Cámara de Comercio e indagar ante la Cooperativa Multiactiva
de El Bagre Ltda, podemos concluir que dicha Junta de Vivienda La Paz es
ilegal, no tiene permisos para captar dinero, por lo que los entes de control,
en este caso la Fiscalía General de la Nación debe intervenir, aplicando el
Código Penal en lo concerniente a la urbanización ilegal, el cual reza:
Artículo 318. Urbanización ilegal. El que adelante, desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie,
facilite, tolere, colabore o permita la división, parcelación, urbanización de
inmuebles, o su construcción, sin el lleno de los requisitos de ley
incurrirá, por esta sola conducta, en prisión de tres (3) a siete (7) años y
multa de hasta cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
Cuando se trate de personas jurídicas incurrirán en las sanciones
previstas en los incisos anteriores sus representantes legales y los miembros
de la junta directiva cuando hayan participado en la decisión que traiga como
consecuencia la conducta infractora descrita.
La pena privativa de la libertad señalada anteriormente se
aumentará hasta en la mitad cuando la parcelación, urbanización o construcción
de viviendas se efectúen en terrenos o zonas de preservación ambiental y
ecológica, de reserva para la construcción de obras públicas, en zonas de
contaminación ambiental, de alto riesgo o en zonas rurales.
En el mismo Código se habla de la
estafa y del agravante:
Artículo 246. Estafa. El que obtenga
provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio ajeno, induciendo o
manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños, incurrirá en
prisión de dos (2) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a mil (1.000)
salarios mínimos legales mensuales vigentes (…)
Artículo 247. Circunstancias
de agravación punitiva. La pena prevista en el
artículo anterior será de cuatro (4) a ocho (8) años cuando:
1. El medio fraudulento utilizado
tenga relación con vivienda de interés social.
Entonces, ¿en dónde está
el dinero?
Si
algo está claro en este investigación es que el lote no ha sido entregado a
ninguna Junta de Vivienda Comunitaria La Paz, porque dicha Junta no existe. No
hay registro ante Planeación Municipal para decir que sean legales. El dinero
que fue consignado en la Cooperativa Multiactiva El Bagre Ltda., fue retirado
por una persona natural no se sabe con qué propósito. El lote aún pertenece a
los herederos de la familia Arrieta, así se hable de un Contrato de
Compraventa, el cual no fue registrado en Notaría. Y, como si fuera poco, ha
pasado un año desde la campaña política y nadie responde. El excandidato está
dedicado a sus actividades laborales, la señora Anaceneth se fue del pueblo y
la secretaria Diris Pérez está denunciada en la Fiscalía, según pudimos
conocer. ¿Y la tesorera María Antonia Posos? No fue posible ubicarla. Lo que sí
está claro es la responsabilidad en la captación ilegal de dinero de la
Secretaria y la Tesorera de la presunta Junta, quienes aparecen en los recibos
de consignación.
De El Bagre a contratista
en Campamento
El
alcalde de Campamento, en el norte de Antioquia, Jorge Iván Durán Lopera, quien
fue avalado por el Partido Liberal, firmó un contrato de prestación de
servicios en octubre de 2016, entregado de manera directa, con el abogado Germán
Andrés Hoyos Meza por 75 días y un valor de $9.000.000, con el siguiente
objeto: “Prestación de servicios
profesionales como abogado para la legalización de predios del municipio de
Campamento”.
Al
ser consultado por dicho contrato inicialmente lo negó. “Estás equivocado. Si lo tienes en la mano dime cuál es el número para
buscarlo”, respondió al ser cuestionado. Al demostrársele que sí existía y
que había sido firmado en octubre de este año lo aceptó: “es un contrato más ligado a lo profesional, no político”.
Información
recolectada habla del respaldo político de la excandidata a la Asamblea de
Antioquia por la ASI, Berenice Bedoya, quien lo respaldó en su campaña para la
alcaldía. Bedoya obtuvo 269 votos en El Bagre. Él lo ha negado, como quedó
constancia en una llamada telefónica, pero los dos son de la Alianza Social
Independiente (ASI). Además, son cercanos al alcalde de Campamento. Lo
paradójico de esta investigación es que mientras en El Bagre el abogado estafa
a personas pobres con la falsa esperanza de obtener un lote para construir su
casa, además de haberlos utilizado como fortín electoral, esté en el municipio
de Campamento legalizando predios.